CUARTO: En consecuencia, por los señalamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal quinto de primera instancia en funciones de control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el ordinal 7° del artículo 48 ejusdem y numeral 3° del artículo 318 ibídem, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de los ciudadanos VALERIO SOSA ALVAREZ, EDWIN JOSE VASQUEZ, y HUGO JESUS RIVERO ESCALONA, suficientemente identificados ut supra, y en consecuencia se decreta su LIBERTAD SIN RESTRICCIONES. Así se decide. Se ordena notificar a las partes de la presente decisión. Se ordenó librar los oficios correspondientes al Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME) Caracas, a los fines de excluir cualquier solicitud que por este respecto pudiera exist.....