En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana CARMEN BEATRIZ LUNA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.317.325 en contra de los demandados OMAR RAIMUNDO DIAZ QUIÑONES Y ADRIANA DEL VALLE DIAZ APONTE.