En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR las apelaciones ejercidas por los co demandados Rosa Matilde Ramírez y Víctor Manuel Díaz Zerpa, contra decisión de fecha 11 de junio de 2009.
LA INADMISIBILIDAD de la presente acción incoada por Enrique Camacho, contra los ciudadanos Rosa Matilde Ramírez y Víctor Manuel Díaz Zerpa, por haber incurrido en una INEPTA ACUMULACIÓN DE PRETENSIONES.
SE ANULA el fallo apelado.
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante.