razón por la cual este Tribunal, provee de conformidad con lo solicitado, y en consecuencia, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el ordinal primero (1ero) del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por QUERELLA INTERDICTAL POR DESPOJO, sigue el ciudadano Pacheco Yépez Segundo Leopoldo en contra de la ciudadana Miranda (viuda) de Picon Dora Luz, expediente signado bajo el Nº 12397-17. Así se decide. Notifíquese a la parte actora. Líbrese boleta y entréguese al alguacil de este Despacho para que practique la misma. Cúmplase.
El Juez Provisorio,
Abg. Javier Mendoza.
El Secretario Temporal,
Abg. Jesús Plaza.