Este Tribunal de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: Admite totalmente la ACUSACION, así como los medios de pruebas promovidos por el Ministerio Publico por ser necesarios, útiles y pertinentes, los cuales son: 1.- TESTIMONIO de los funcionarios distinguidos (sub. Inspector (PEL) ALI RODRIGUEZ, CABO PRIMERO. (PEL) JOSE CALDERON, CABO PRIMERO (PEL) FRANKLIN MONTILLA Y CABO PRIMERO (PEL) VICTOR SEGOVIA, adscritos a la comisaría Nº 60 del Tocuyo, quienes expondrán su actuación descrita en el acta policial de fecha 04 de Diciembre de 2007. 2.- TESTIMONIO del ciudadano DOMINGO GUZMPABLO JOSE ALVARADO. 3.- TESTIMONIO del ciudadano DATOS OMITIDOS. 4.- TESTIMONIO de la ciudadana JUANA JOSEFINA ARAUJO. 5.- TESTIMONIO del EXPERTO DETECTIVE RODRIGUEZ RUBEN, quien practico experticia de IDENTIFICACION PLENA Nº 9700-056-ATP-1627, de fecha 06-12-2007. 6.- TEST.....