DECISIÓN
En mérito a las anteriores consideraciones este Juzgado del Municipio Crespo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y a tenor de lo previsto en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Obligación de Manutención, intentada por la ciudadana MARYERLIN CAROLINA GARCIA ESCALONA, en contra del ciudadano LEONARDO RUBEN PRADO YNOJOSA, suficientemente identificados en Autos, en consecuencia se fija por concepto de manutención la cantidad de Treinta Mil Bolívares (Bs. 30.000,oo) mensuales, debiendo ser cancelados en cuotas quincenales de Quince Mil Bolívares (Bs. 15.000,oo) cada una.
Los gastos médicos, medicinas, ropa, calzados, cultura, recreación y deportes, útiles y uniformes escolares, gastos de navidad y fin de año, deberán ser cubiertos por ambos progenitores en igualdad de pr.....