D I S P O S I T I V A:
Por los argumentos expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con Sede en Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la solicitud de Divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del
Código Civil, formulada por los ciudadanos: MARIA COROMOTO GARCIA ROJAS Y JOSE EMERITO ROJAS FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, Casados, titulares de las cédulas de identidad números 9.372.558 y 9.154.759, respectivamente, domiciliados en el Municipio Pampán del Estado Trujillo. QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que los mismos habían contraído, tal como se puede evidenciar del Acta N° N° 14, que se encuentra inserta en el libro, de la prefectura del municipio Rafael Rangel (hoy Parroquia) del Distrito Bocono (hoy Municipio) del Estado Trujillo,.....