Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley resuelve: PRIMERO: ADMITE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el Abogado JOSÉ GREGRORIO MARTÍNEZ, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS MANUEL RODRÍGUEZ FLORES, identificado en autos, por presunta obstrucción judicial por parte del Fiscal Tercero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, cuyo titular es o fue el Abogado MARCOS SUÁREZ y contra la decisión dictada por la Juez Octava de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara a cargo o no de la Jueza LINA DUPUY RODRÍGUEZ. En consecuencia, se ordena la comparecencia de las partes y de las instituciones siguientes:
1) El Abogado José Gregorio Martínez, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano Carlos Manuel Rodríguez Flores.
2) Al Juez encargado del Tribunal Octavo de Primera I.....