Vista la solicitud presentada en fecha 6 de Octubre, que corre inserta de los folios 220 al 221 del presente asunto, mediante el cual la parte actora Ciudadano: FRANCISCO CASTRO, titular de la Cedula de Identidad No. 7.732.283, asistido por el Abogado DANNY JAVIER CARRILLO MEJIA, inscrito en el I. P. S.A. bajo el N° 121.331, el Tribunal declara sin lugar el pedimento de requerir informacion al Banco sobre el cobro del Cheque y acuerda remitir copia certificada de la dilgencia y de la decision a la Fiscalia Superior del Ministerio Publico asi como a la Presidencia del Colegio de Abogados del Estado Trujillo a los fines de que se abran las averiguaciones correspondientes.