este JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: INADMISIBLE la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES (Vía Ejecutiva), incoara la sociedad mercantil BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A., domiciliada en Caracas, e inscrita en el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, en fecha 15 de enero de 1938, bajo el Nº 30, cuya última modificación estatutaria quedó inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el día 05 de junio de 2001, bajo el Nº 49, Tomo 38 A-Cto, en contra de la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES INDUSTRIALES MARTORANA, C.A,. domiciliada en la Avenida Coro, Calle Girardot, Nº 276, Punto Fijo, Esta.....