Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la Sentencia de fecha 16 de noviembre de 2010, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción JudicialSEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en Costas.TERCERO: Se CONFIRMA la Sentencia apelada.