Este Tribunal de Control N° 8 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA, mantener la medida cautelar sustitutiva de la privación judicial preventiva de libertad que disfruta el procesado Jesús Alberto Jiménez, prevista en el numeral 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, presentación periódica cada OCHO (8) días por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD). Regístrese. Cúmplase lo ordenado.
La Juez de Control N° 8
El Secretario
Abg. Minerva Parra Montilla.