DECISION:
Este Tribunal Superior Tercero Agrario en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 28 de julio del año 2008, por el abogado Francisco Javier Franco, IPSA Nº 14.058, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte accionada, ciudadanos Javier Acurero, Lolimar Acurero y Daniel Acurero, en contra del auto dictado en fecha 25 de julio del año 2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa; se REVOCA EL AUTO objeto del presente recurso. En consecuencia, SE ORDENA LA ACUMULACIÓN de los expedientes signados con los Nos. A-2008-000160 y A-2008-000168. No Hay especial condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Publíquese y regístrese. Expídase copia certificada de la presente Decisión, a los fines del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.