este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley conforme lo establecido en el ultimo aparte del articulo 466 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, así como lo previsto en el articulo 585, 588 y 600 del Código de Procedimiento Civil, y en razón de proteger la Ejecución del fallo de la definitiva y no hacer ilusoria la ejecutoriedad del mismo Decreta Medida de Prohibición de Enajenar y Grabar sobre los bienes inmueble siguientes:
PRIMERO: Una (01) parcela de terreno y la casa edificada sobre ella, la parcela identificada con el Nº B-28, tiene una superficie aproximada de CIENTO DOS METROS CUADRADOS (102 Mts2) y esta comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas particulares: NORTE: SEIS (6,00 Mts) con la avenida B; SUR: CERO COMA SETENTA METROS (0,70 Mts) con Parcela A-31-C; .....