D E C I S I ÓN
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Superior (Accidental) Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMPETENTE para conocer y decidir la presente causa al Juzgado Municipios Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de esta Circunscripción Judicial.
SE ACUERDA remitir copia de la presente decisión al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito de esta Circunscripción Judicial.
BAJESE la presente causa en la oportunidad de ley.
Publíquese y cópiese. Dada, firmada y sellada en la sede de este Juzgado Superior (Accidental) Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. En Trujillo, a los nueve (09) días del mes de mayo de dos mil dieciséis (2016). Años 20.....