Como corolario, al cumplir con los tres requisitos exigidos para la admisión del recurso de casación, es por lo que este JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ADMITE EL RECURSO DE CASACIÓN, anunciado en fecha 07 de agosto de 2017, por los abogados en ejercicio Máximo Rangel y Eneida Pernia, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandante Ciudadano ABRAHAM JOSE PALOMARES BRICEÑO, en contra de la decisión dictada en fecha 01 de agosto de 2017, por este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en el juicio de ACCION REIVINDICATORIA, propuesto por el ciudadano ABRAHAM JOSE PALOMARES, contra el ciudadano EDGAR JESUS GAVIDIA AGUILAR. En consecuencia se acuerda remitir el expediente al Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, en Sala Especial Agraria.- Désele salida con oficio. (Expediente .....