Por lo antes expuesto, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA restituirle al ciudadano GIOVANNI JAVIER SUAREZ ROA, Cédula de Identidad N° V-16.065.151, su libertad personal con fundamento en el artículo 44 de la Constitución Nacional.
Ofíciese al Jefe de la Unidad de Aprehensiones del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminológicas, así como a la Comandancia de Policía del estado Trujillo.
Líbrese boleta de libertad al Departamento Policial N° 10 de Trujillo.
La Jueza de Ejecución Temporal N° 2,
Abogada PAULA CENTENO
El Secretario,
Abogado EDGAR ARAUJO