En mérito de las razones de hecho y de derecho precedentemente explanadas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículos 75 Primer Aparte de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 5, 394, 396 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente Declara CON LUGAR LA COLOCACION FAMILIAR, a favor de identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. en el hogar de la ciudadana JOSEFINA DEL CARMEN CAMPOS DE ROJAS, ubicado en Barrio Nuevo, calle 55, entre carreras 13 ¿A y 13-B, casa Nº 13-52, Parroquia Concepción, municipio Iribarren del estado Lara, en consecuencia ejercerá los atributos de la Respo.....