En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto, en fecha 05 de Noviembre de 2008 , por el abogado JOSÉ LUIS RODRIGUEZ MACIAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.961 y de este domicilio, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara de fecha 03 de noviembre de 2008.
En consecuencia se CONFIRMA la sentencia recurrida.