Por los razonamientos anteriormente expuestos y en conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Mixto de Primera Instancia Penal en función de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley, por unanimidad, DECIDE:
PRIMERO: DECLARA NO CULPABLE al ciudadano Jean Junior González Becerra, plenamente identificado supra, y en consecuencia, LO ABSUELVE por los delitos de Robo Agravado y Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en los artículos 458 del Código Penal y 4 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de los ciudadanos Marlo Berticci Baptista y Jesús Alberto Urdaneta Silva, según las circunstancias de modo, tiempo y lugar plenamente descritas en el texto de la presente decisión y señaladas en el escrito de acusación.
SEGUNDO: Se absuelve de costas al Estado venezol.....