DECISIÓN
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la acción de amparo autónomo constitucional interpuesta por los abogados DANIEL BUVAT DE LA ROSA y MARÍA GABRIELA ARANGUREN, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 34.421 y 59.269, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la empresa "INVERSIONES JELUARI, C.A.", inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del Distrito Capital y estado Bolivariano de Miranda, en fecha 15 de marzo de 2011, anotados sus Estatutos Sociales bajo el Nº 41, Tomo 46-A, interpusieron ante el Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en funciones de distribuidor de causas, amparo autónomo constitucional, en contra del acto administrativo contenido en el Oficio .....