PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, por lo que se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos JOSUE ANTONIO PERNIA MÉNDEZ y NUBIA CECILIA SÁNCHEZ DE PERNIA, según matrimonio celebrado en fecha 04 de Abril de 1987, ante la Junta Parroquial del Municipio La Concordia, Distrito San Cristóbal, del Estado Táchira, según consta en el Acta de Matrimonio Nº 171. SEGUNDO: En virtud del pronunciamiento anterior, ofíciese al REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO SAN CRISTÓBAL DEL ESTADO TÁCHIRA y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO TÁCHIRA, a los fines de que estampe la nota marginal correspondiente a la decisión.