Este Tribunal de juicio N° 2, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley condena al Ciudadano JOSE GREGORIO ALVAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. 14.842.197, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley, contenidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal. Asimismo, se ordena la remisión de las actuaciones al tribunal de ejecución que corresponda en el lapso legal. Se mantiene la medida cautelar que recae sobre el referido ciudadano, hasta la ejecución de la sentencia. De conformidad con el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, se fija provisoriamente la fecha en que finalizará la condena del acusado que será el NUEVE (09) DE JUNIO DEL 2006 a las 12:00pm, dejando salvo el cómputo definitivo que haga el Tribunal de Ejecución, conforme a lo dispuesto por el artículo 482 .....