En consecuencia, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, admitida como ha sido la acusación formulada por el Ministerio Público, mediante el presente auto, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: De conformidad con el numeral 1 del artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal:
SE ORDENA LA APERTURA DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a los fines de juzgar al acusado:
1.- JESUS ALBERTO SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.106.627, nacido en Barquisimeto Estado Lara, en fecha 22/03/89, de 22 años de edad, hijo de Gregorio Ambrosio Sánchez y magdelida Álvarez, Grado de Instrucción: Bachiller, de profesión u oficio: sirve a la tropa alistada, domiciliado en barrio la paz la postoleña sector I calle 3 casa Nº 25 cerca de la licorería naisa, teléfono: 0416-5579773.
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