Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE POR CAPACIDAD DE POSTULACIÓN en la presente demanda de Reconocimiento de Contenido y Firma, presentada el ciudadano WILGER ANTONIO PACHECO DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.667.309, quien actúa en su condición de Apoderado de la ciudadana VERONICA VANESSA SANCHEZ MARCHAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.021.880, debidamente asistida en este acto por la abogada MMILDRED C. CRESPO RODRIGUEZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el N°147.262, contra los ciudadanos DILCIA MERCEDES MARCHAN BASTIDAS y OMAR JOSE SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nro. V-4......