Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la Abg. Alicia Malqui Sánchez, contra de la decisión dictada en fecha 16-08-2013 y fundamentada en fecha 19-09-2013, por la Jueza del Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 03 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó la medida de privación judicial preventiva de libertad al ciudadano Yohan Antonio Alejo, por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, Lesiones Personales, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, Porte Ilícito de Arma Blanca, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal en concordancia con el artículo 15 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, Uso de Adolescent.....