Por las razones expresadas, este Tribunal de Control N° 1, en uso de sus atribuciones, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda ampliar el lapso de esas presentaciones diarias que actualmente cumple el imputado ante la Prefectura de la Parroquia Monay del Municipio Pampán del estado Trujillo; por la presentación cada Veintidós (22) días, contados a partir de la presente fecha, ante la misma Prefectura; revisión de Medida que se acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal; debiendo mantener, el imputado su residencia en la dirección señalada por la Defensa en su solicitud de fecha 18-04-2006; esto es, en: Urbanización La Paz, Calle El Cementerio, Casa N° 16, donde habita la ciudadana Beatriz Bastidas, en Monay, jurisdicción del Municipio Pampán, del Estado Trujillo.
Notifíquese a las partes de la presente decisión. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
La Jueza de Contro.....