Este Tribunal, visto el Convenimiento celebrado entre las partes en el presente juicio mediante el cual la parte Demandada ofrece en pago por las cantidades demandadas el inmueble de su propiedad antes descrito, le imparte su Homologación de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; da por consumado el acto, acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, e igualmente acuerda expedir por secretaria de este Tribunal copia certificada de la diligencia y del presente auto a la parte actora a los fines legales consiguientes.- Se ordena el Archivo de este Expediente y remitirlo en su oportunidad al Archivo Judicial del Estado Trujillo para su archivo definitivo.-Se autoriza para la elaboración de los fotostátos ordenados al ciudadano: GUILLERMO DE JESÚS UZCÁTEGUI PUJOL, Alguacil de este Despacho, a los fines de su certificación.-
La Jueza,
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