DE LA APERTURA A JUICIO
Admitida como ha sido totalmente la Acusación presentada por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, en base a los elementos ya indicados, considerando que existen bases serias para el enjuiciamiento del acusado este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, ORDENA LA APERTURA DE LA PRESENTE CAUSA A JUICIO ORAL Y PUBLICO en contra del ciudadano JOSÉ LUCIDIO URBINA FLORES, titular de la cedula de identidad N° 8.053.113, de 52 años de edad, grado de instrucción 1er grado, soltero, de oficio agricultor, hijo de Santos Márquez y Carmen Senovia Osal, nació en fecha 12-12-1955, natural de Tocuyo, Estado Lara, residenciado Cabudare Caserío la montaña sector la manga casa numero 4 una guardería en la adyacencias, en Barquisimeto, Estado Lara.
EMPLAZAMIENTO Y REMISIÓN
Se ordena el emplazamiento de las partes para que en plazo de cinco (05) días concur.....