PRIMERO: su INCOMPETENCIA por la materia para conocer y decidir la presente demanda incoada por la ciudadana ELEIDA CAROLINA GRATEROL ROMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 19.270.246, contra el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES, representado por su Presidenta ciudadana MAGALI GUTIERREZ. SEGUNDO: DECLINA LA COMPETENCIA al Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. TERCERO: Se ordena la remisión del presente expediente al Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, a los diez (10) días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve (2019). Años 209° de la Independencia y 160° de la Federación.