CUARTO
Por los motivos anteriormente señalados y en virtud de las disposiciones legales precitadas, este Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Inadmisible la demanda interpuesta por la ciudadana MARLENY DEL VALLE PÉREZ PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.040.854, quién actúa como apoderada especial del ciudadano HANDY BASTIDAS PÉREZ, venezolano, mayor de edad,
soltero, comerciante, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.810.853, asistida por el Abogado en ejercicio JOHNNY AGUILERA CARABALLO, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 23.755., contra el ciudadano YOHENDY JAVIER BRAVO ARAUJO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.721.205, por DESALOJO POR FALTA DE PAGO DE CÁNONES DE ARRENDAMIENTO.
En consecuenci.....