Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO ejercido por la contribuyente DISTRIBUIDORA DE MATERIALES DE ZAPATERIA FERRY C.A (DIMZA FERRY C.A), en contra Resolución No HJI-100-00029 de fecha 04-02-1994 que resuelve el Recurso Jerárquico interpuestos por la contribuyente mediante la cual se ratifica la resolución Culminatoria de Sumario Administrativo distinguida con el Nº. HRCO-600-S-323 de fecha 26 de julio de 1991, emitida por la DIRECCIÓN JURIDICO IMPOSITIVA DEL MINISTERIO DE HACIENDA, mediante la cual se ratifica el contenido de las Actas Fiscales Nos. HIRCO-621-33, 53, 54, 55 y 56, todas de fecha 14 de agosto de 1989, levantadas para los ejercicios fiscales 1985, 1986, 1987 y 1988.
SEGUNDO: Se ratifica la Resolución No HJI-10.....