Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA: La Aprehensión inmediata, JOSÉ RAFAEL CABELLO BARRETO , venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Nº 12.797.235, nacido en fecha 16-02-77, de 29 años de edad, concubino, comerciante, hijo de María Barreto y José Cabello, residenciado en Urb. La Beatriz, bloque 5, apartamento 00-04, Valera, Estado Trujillo, por incumplimiento de las obligaciones impuestas por este Tribunal y haberse desprendido del proceso penal, es por lo que se revoca por incumplimiento de la medida de conformidad con el artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se ordena que una vez aprehendido sea puesto a la orden de este Tribunal para imponerlo de esta decisión y luego de impuesto realizar la Audiencia Preliminar. De conformidad con los artículos los 1, 12, 250, 260 y 263 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese de la presente decisión a todas las partes. Ofíciese a todos los .....