D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el presente recurso de hecho propuesto la demandada, ciudadana Isamar del Pilar Viloria Vergara, contra el auto de fecha 19 de enero de 2016, a los folios 669, 670 y 671 del expediente principal, dictado por el Juzgado Accidental Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, que negó la apelación ejercida por la representación judicial de dicha demandada el 18 de diciembre de 2015, contra los autos de fecha 8 de los mismos mes y año, dictados en el expediente principal número 24.180 (folios 593 y 594) formado con ocasión del juicio que por reivindicación le sigue la sociedad mercantil Inversora Rovig.....