En razón de lo expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión de RESOLUCION DE CONTRATO e INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS, intentada por la Sociedad Mercantil COCIV DE VENEZUELA C.A., contra la Sociedad Mercantil MADERERA ROMACA C.A., previamente identificadas. En consecuencia, se declara:
PRIMERO: RESUELTO el contrato de suministro de puertas y marcos de madera suscrito entre las partes previamente identificadas.
TERCERO: En consecuencia se condena a la demandada perdidosa a pagar a favor de la actora, las siguientes cantidades de dinero:
1) Ciento Quince Mil Bolívares (115.000,00), por concepto de devolución del adelanto percibido por la demandada perdidosa en ejecución del contrato inconcluso antes referido;
2) Cuarenta y Nueve Mil Dosc.....