Este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara:
PRIMERO: SE DECLARA IMPROCEDENTE LA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA DE PASO PROVISIONAL requerida por la ciudadana MARIA JOSE MATERANO RUZA, titular de la cédula de identidad número 5.778.161, asistida de la abogada en ejercicio MIRIAM ROSA TORRES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 137.704, en el ´presente juicio por Derecho de Paso incoado en contra de la ciudadana MARIA EULALIA MATERANO, titular de la cédula de identidad número 5.787.851. Así se decide.
SEGUNDO: La presente decisión no implica un pronunciamiento anticipado del juicio por Derecho de Paso tramitado en la pieza principal. Así se decide.
TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión no se condena en costas. Así se decide.
CUARTO: Notifíquese a la parte solicitante de la presente decisión. A.....