Se dictó SENTENCIA DEFINITIVA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 16 de diciembre de 2010, por el abogado Rodríguez Marchan Javier José, actuando como apoderada judicial de la parte demandante; Se declaró SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 16 de diciembre de 2010, por la abogada Patricia Vargas Sequera, actuando como apoderada judicial de la parte demandada, ambos contra la sentencia definitiva dictada en fecha 09 de diciembre de 2010, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En consecuencia, se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de cumplimiento de contrato de seguro. Se condenó en costas conforme al artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.