Dispositiva
Con base en los razonamientos explanados, este Tribunal Primero de Primera instancia Unipersonal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la circunscripción judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, decide: PRIMERO: ADMITE en su totalidad la acusación presentada por la abogada Digna Araujo Fiscal V Comisionada del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, contra el ciudadano PEDRO ANTONIO URBINA MARQUEZ, por el delito de Ocultamiento Ilícito de Arma de fuego previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en concordancia con el artículo 9 de la Ley de arma y explosivos, en agravio del Orden Público SEGUNDO: Oído al acusado de admitir el hecho de conformidad con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 366 eiusdem, tomado en consideración las circunstancia atenuant, establecidas en el articulo 74 del Código .....