Por las razones antes expuestas donde consta que ambos sujetos procesales han sido designados como correo especial a los fines de la entrega de los oficios números 0302-18 y 0303-18, anteriormente 0061-17 y 0063-17, respectivamente, e incumpliendo ambos con la misión encomendada, es por ello que este juzgado primeramente ordena librar nuevamente el contenido de los oficios números 0302-18 y 0303-18 con nueva nomenclatura correlativa del juzgado 0197-19 y 0198-19, negándose la ratificación del contenido del oficio número 0301-18 por cuanto el contenido del mismo se dejó sin efecto mediante auto de fecha 07 de junio de 2019 inserto al folio 415; ordenándose, conforme los supuestos antes indicados, que tales sean practicados por medio del alguacil de este juzgado donde consta que el destino de los mismos se ubica dentro de la circunscripción judicial del tribunal.