Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara: La Perención de la Instancia por abandono del trámite correspondiente al presente acción de Nulidad de Acto Administrativo de efectos particulares, ejercida por la sociedad mercantil HIERROS Y FERRETERIA CRIOLLA, C.A., representada por el ciudadano ALVARO ENTRALGO RUEDA, en condición de Presidente, asistido por el abogado GUSTAVO ENTRALGO ORTEGA inscrito en el Inpreabogados bajo el Nº 92.006, en su condición de parte actora, contra la Providencia Administrativa Nro. 000678, que cursa en el expediente signado Nº 078-2008-01-00204 emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara sede Pedro Pascual Abarca, de fecha 29/09/2009, en procedimiento de reenganche y pago de salarios caídos intentado por el ciudadano RICHARS JOSE VELAZQUEZ, contra la socied.....