DE LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO
La Juez, una vez escuchadas a todas las partes este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad con lo tipificado en el artículo 42 y 43 del Código Orgánico Procesal penal Decreta procedente la Suspensión Condicional del proceso a la ciudadana SUGEDY YAMILETH VASQUEZ ORTIZ , venezolana, titular de la cedula de identidad N° 19.271.517, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA , tipificado en el Artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el derecho de la mujer a una vida libre de violencia en agravio de EMILY CRISTINA PACHECO, NELSY DARYELY BARRETO. De conformidad con el artículo 44 eiusdem las condiciones a imponer son: Las de los ordinales 2° PROHIBICION EXPRESA DE TENER CUALQUIER TIPO DE ACERCAMIENTO FISICO O PSICOLOGICO EN LA RESIDENCIA, LUGAR DE ESTUDIO, CON LA ADOLESCENTES Y CON SUS FAMILIARES . – 7°. SE LE ORDENA QUE SE DIRIJA AL UNIDAD TECNICA DE .....