ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: ACUERDA: Conceder al Ministerio Público un lapso de 60 días para que concluya con la presente investigación, de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal. Esta resolución se basa en los artículos 1,5,6,7,8,9,11,12,13, 326,327,329,330,331,313 del Código Orgánico Procesal Penal, y los artículos 2,3,26,257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela quedan las partes notificadas de la presente decisión. Se cumplió con todas las formalidades de ley. Terminó el acto siendo las 2:35 de la tarde, se leyó y conformes firman.-
El Juez de Control Nº 04
La Fiscal El Defensor
Abg. Juleny Rosas Bravo
El Imputado
La Secretaria,
Abg. Patricia Hernández Perdomo