Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación de autos interpuesto por la Abogado HILDA UZCATEGUI OSORIO venezolana, mayor de edad, inscrita bajo el I.P.S.A. número 26015, actuando con el carácter de Defensora Privada del ciudadano DANIEL ALEJANDRO SANCHEZ ALARCON seguido por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal en concordancia con lo previsto en el dispositivo 83 ibidem, el recurso de apelación de autos es ejercido en la causa penal signada bajo el N ° TP01-P-2010-000019 contra la decisión dictada por el Tribunal de Control N ° 06 de este Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, de fecha 09 de enero de 2009 donde declara sin lugar, la Solicitud de nulidad requerida por la defensa y se ratifica la privación judicial preventiva de libertad dictada contra el ciudadano DANIEL ALEJANDRO SANCHEZ AL.....