este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA: NULAS TODAS LAS ACTUACIONES SUBSIGUIENTES A LA DECISIÓN DE FECHA 14/10/2022, en la cual se acordó la interdicción provisional de la ciudadana BELKYS MARIA REYES DE BURGOS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-4.927.200, y con mayor fuerza el auto dictado en fecha 04/07/2024. Se deja sin efecto la designación de la ciudadana ROSEYANIOMAR VIRGINIA BURGOS REYES, como tutora provisional y se designa para cumplir con referida labor a la ciudadana ISELMAR ANTONIETTA BURGOS REYES, titular de la cédula de identidad N° V-18.771.515, quien deberá prestar el juramento de Ley una vez conste en autos su notificación.