Por cuanto se observa que en fecha 14 de marzo de 2008 se decreta en contra del adolescente la Captura al haberse evadido del Centro de Internamiento donde cumplía medida privativa cautelar, se acuerda ratificar la captura a los fines de la ejecución de la sentencia, debiéndose oficiar al Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Valera, Delegación Estadal Trujillo, a los fines de incluirlo en el listado de personas solicitadas y una vez capturado sea remitido al Internado Judicial del Estad Trujillo, debiendo notificar a este Tribunal y se fijará la fecha de la imposición de la sanción.- Notifíquese a las partes.- Líbrense las correspondientes Boletas de Notificación a las partes y oficios.- Así se decide.