DISPOSITIVA
Con base a los razonamientos explanados, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido con el Articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda la entrega de la cantidad de Un Millón Seiscientos Noventa Mil Bolívares (1.690.000.00), al ciudadano José Pompilio de Jesús Cornieles, a cuyo efecto se acuerda oficiar a la Fiscalía Tercera del Ministerio Publico, de la circunscripción del Estado Trujillo.
Publíquese, Regístrese, Notifíquese y Ofíciese.-
Trujillo Catorce (14) de Julio de 2006.
El Juez de Juicio N° 02
Abg. José Daniel Perdomo Duran La Secretaria
Abg. Maria Claudia Antonello