PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la ABG. ALBA CONTRERAS BARRIOS, en carácter de DEFENSORA PÚBLICA, designada por el ciudadano RAMÓN DARIO MARQUEZ SULBARAN, a quien se le sigue la causa Nº TP01-P-2010-04412, por la comisión del delito de POSESIÓN ILICITA DE SUSTNACIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en contra de la decisión de fecha 22/05/2012, mediante la cual el Juez decreta la Suspensión Condicional del Proceso, de conformidad con el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control Nº 03, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.
SEGUNDO: QUEDA MODIFICADA la decisión recurrida en lo que respecta a la exclusión de la condición de presentación ante el Tribunal impuesta al procesado