DECLARA IMPROCEDENTE el conflicto de competencia planteado por el Juzgado de Ejecución con Competencia en Materia de Delitos contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo extensión Valera, con el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, para conocer la causa penal que se dirige al ciudadano LUIS CARLOS GONZALEZ BENITEZ por la comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA EN GRADO DE TENTATIVA previsto y sancionado en el articulo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres y una Vida Libre de Violencia en concordancia con el primer aporte del artículo 80del Código Penal y PORTE ILÍCITO DE ARMA previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en agravio de DAISMARY CAROLINA ALVARADO y EL ORDEN PÚBLICO. SEGUNDO: Remítase inmediatamente el asunto al Tribunal de Ejecución con Competencia en Materia de Delitos contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo extensión Valera, q.....