PRIMERO: se ANULA el auto dictado por el Juez Segundo de Primera Instancia Agraria de esta Circunscripción Judicial, de fecha 10 de agosto de 2022, en el que ordenó la consulta ante esta instancia de la decisión dictada en fecha 01 de agosto de 2022, que declaró inadmisible in limine litis el Amparo Constitucional interpuesto por el ciudadano CARLOS ENRIQUE DONATO VIERA identificado en autos, y no condeno en costas dada la naturaleza de la decisión.
SEGUNDO: se ORDENA remitir con oficio en forma inmediata, las actuaciones del presente expediente al Tribunal de origen.