administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por el Fiscal Primero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial contra el ciudadano ADALBERTO JOSÉ MONTILLA DÁVILA, identificado supra, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal en relación con el artículo 25 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, en perjuicio del Orden Público.
SEGUNDO: DECLARA CULPABLE al ciudadano ADALBERTO JOSÉ MONTILLA DÁVILA, quien es de las características de identificación antes indicadas, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal en relación con el artículo 25 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, en perjuicio del Orden Público; y en consecuencia, LO CONDENA a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, con las penas accesorias de inhabilitación.....